29 de noviembre de 2010

¿La majestad de la justicia?

Por Jaime Restrepo.

¿Qué significará para el gobierno Santos el concepto de garantías judiciales? Es que en la andanada de pronunciamientos que se produjo como consecuencia del asilo territorial de María del Pilar Hurtado, los voceros gubernamentales han utilizado, como si fuera el coro de una canción, la frase del sistema garantista para repudiar la decisión de la ex directora del DAS y también para descalificar la posición del ex presidente Álvaro Uribe Vélez.

Más allá de las promesas vacías y de la propaganda oficial, los hechos tozudos demuestran que la operación judicial no ofrece garantías para aquellos que se ven involucrados en un proceso penal, en especial para aquellos que están en sintonía con el único Presidente que intentó neutralizar el avance del partido político que intenta establecer en Colombia el gobierno de los jueces.

No puede calificarse como garantía el que un juez prejuzgue a un ciudadano, máxime si se tiene en cuenta que ese juez es la única instancia a la que dicho ciudadano tiene derecho. Este es el caso de María del Pilar Hurtado, quien por su condición de funcionaria con fuero, solo tiene acceso a una única instancia: la Corte Suprema de Justicia. Y resulta que la cabeza de ese tribunal ya emitió públicamente una condena, por lo cual, la imparcialidad y el equilibrio son aspiraciones fallidas en este caso.  Ciertamente los testimonios contra  Hurtado, filtrados a cuentagotas y de manera conveniente por la Fiscalía para generar un ambiente favorable a la persecución, son indicios graves sobre la comisión de varios delitos.  Pero lo que cualquier ciudadano aspira es a que las pruebas sean evaluadas por un juez equilibrado e imparcial, que finalmente emita una decisión sin sesgos políticos y con apego a la Constitución y a la ley, lo que en Colombia es una utopía sobre todo si se tiene el sello de ex funcionario de la administración Uribe. 

Algunos afirman que el “sistema garantista” del que habla el gobierno Santos incluye la figura de la recusación como tabla de salvación para aquellos que han sido víctimas del prejuzgamiento emitido por algún juez. En el caso que nos ocupa, esto significaría que el magistrado Jaime Arrubla debería recusarse por emitir no uno sino varios conceptos sobre el escándalo de las chuzadas y concretamente por el veredicto inapelable contra María del Pilar Hurtado.

Sin embargo, el primer paso que debería recorrer esa recusación es que los colegas de Arrubla decidan si la admiten o no. En caso de aceptarla, la ley establece que se ordenará el sorteo de un conjuez, cuya postulación está en manos de otro organismo judicial: el Consejo Superior de la Judicatura. Lo anterior significa que el ahijado político (magistrado de la Judicatura) nomina al que remplazará al padrino político (magistrado de la Corte Suprema), lo que evidencia la ausencia de independencia a la hora de tomar una decisión: se cambia el nombre, pero la intención y el sentido de la providencia seguirán siendo las mismas. ¿En esta campaña de feroz persecución política se puede esperar algo de independencia por parte del contubernio entre nominadores, postulados y remplazados?

Es que el “sistema garantista” que padece Colombia es un absurdo: los jueces pueden violar la ley —el prejuzgar está contemplado en el Artículo 160 del Código Contencioso Administrativo—, a la vista de todos y sin consecuencia alguna.

De otro lado, cuando un magistrado prejuzga, y más si oficia como eterno encargado de la presidencia de un tribunal, está golpeando seriamente la cacareada majestad de la justicia, pues las decisiones van perdiendo credibilidad por el sesgo y el sustento jurídico pasa de la argumentación normativa a la arenga mediática. Así las cosas, perdida la majestad de la justicia, las “garantías” se extravían de inmediato, quedando en evidencia la componenda de persecución política que quieren hacer aparecer como aplicación rigurosa de la justicia.

Otro aspecto importante es que la Constitución del 91 no incluye la figura de los conjueces para sustituir a los magistrados recusados: el artículo 116 de la Carta Magna no los menciona y establece con precisión quiénes son los únicos que pueden impartir justicia en Colombia:

"Excepcionalmente la ley podrá atribuir función jurisdiccional en materias precisas a determinadas autoridades administrativas. Sin embargo no les será permitido adelantar la instrucción de sumarios ni juzgar delitos. Los particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de conciliadores o en la de árbitros habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determine la ley."

Así las cosas, el asunto de los conjueces (supuesta “garantía” judicial) es el resultado de encajar a la fuerza una ley por encima de la Constitución. Se parece mucho a la nueva moda de declarar como crímenes de lesa humanidad a los delitos que, por la ineptitud del aparato judicial, no han podido llegar a las instancias de juzgamiento y condena.

Otro aspecto que hace imposible la recta administración de justicia es que la Corte Suprema esté plagada de políticos disfrazados con una toga negra. Que el Secretario jurídico de Andrés Pastrana -vinculado con la estructura normativa que permitió la creación del adefesio de la zona de distensión- y quien además perdió las elecciones a la Alcaldía en su ciudad natal; ahora oficie como Presidente encargado de la Corte, deja serias dudas sobre la intención netamente jurídica y plantea interrogantes sobre la imparcialidad que requiere un magistrado.

La actividad política de Jaime Arrubla con la vertiente conservadora de Andrés Pastrana y de Augusto Ibáñez con Cambio Radical, lo mismo que la lejanía de estos individuos con la carrera judicial, son un par de ejemplos que muestran algunos de los componentes que han generado la espantosa crisis judicial por la que atraviesa el país. Es que, para completar, la dignidad de magistrado no es la culminación de una exitosa carrera, pues los constituyentes del 91 decidieron dejar esas cuotas burocráticas para ahijados políticos quemados en las urnas.

Es evidente que con el actual gobierno no se puede contar para emprender una verdadera reforma que permita corregir la monstruosidad del aparato judicial colombiano. Sin embargo, cada día se hace más urgente la búsqueda de mecanismos que solucionen la problemática judicial, estableciendo claramente los criterios para elegir magistrados y jueces en todo el país y elaborando un marco legal y sancionatorio mucho más estricto para que se recupere la majestad de la justicia.

Así mismo, la reforma judicial debe arrebatarles a los partidos y caciques —incluyendo en su totalidad al club de los ex presidentes—, los espacios que tienen en el aparato judicial colombiano.

No nos llamemos a engaños: ni al Congreso, ni mucho menos al actual gobierno, les interesa tocar a fondo los graves problemas de la operación judicial: Es el constituyente primario el que debe pronunciarse y participar activamente en una reestructuración profunda de la justicia colombiana... !Constituyente ya!

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Atrabilioso,

pienso que el constituyente primario, las masas, necesitan leer estos conceptos en lenguaje sencillo y preciso para poder opinar, y que cuente de verdad.

Precisamente pienso que la sola idea de 'entogados' y lenguaje que traduce nada claro a un pobre desgraciado del mercado publico es intimidamente, y quizas una razon por la que la justicia como que abandono/divorcio a la poblacion hace mucho tiempo. O fue un compromiso con bases falsas desde el principio.

Que tal si lo que necesita reevaluarse se hace en un formato comun, pero preciso, y se pide la opinion, o voto, o comentario?

Mt

Atrabilioso dijo...

MARY T:

Lo que usted afirma es muy importante. De hecho, Noél Carrascal propuso en uno de sus escritos, que una Asamblea Constituyente debería contar con la integración de todos los avances en comunicación, como las redes sociales, a fin de dar a conocer los pormenores de las propuestas, el debate de las mismas, y las decisiones finales.

Un abrazo.